Cuentas – Depósito

DEPÓSITO DE CUENTAS ANUALES

 

 

 

PLAZO DE PRESENTACIÓN

 

 

Las sociedades y empresarios que en virtud de las disposiciones legales estén obligadas a depositar cuentas en el Registro deberán hacerlo dentro del mes siguiente a su aprobación por la Junta General. El cómputo se calculará  conforme a la Resolución de la DGSJFP de 5 junio de 2020. El día final para depositar las cuentas anuales será el ultimo día del mes siguiente a su aprobación. Si el último día fuese festivo, dentro del siguiente día hábil.  Las presentaciones telemáticas que se realicen fuera del horario de oficina se presentarán a las 9.00 horas del día siguiente. No obstante a los efectos del fuera de plazo, las realizadas hasta las 00.00 horas del 31 de julio se considerarán dentro de plazo aunque reglamentariamente se asienten en el Diario del día siguiente.

 

Transcurrido un año desde el cierre del ejercicio sin haberse depositado en el Registro, éste se cerrará para todos los documentos que no sean los exceptuados en el artículo 378 del Reglamento del Registro Mercantil.

 

 

 

DOCUMENTOS A PRESENTAR

 

 

— Instancia de presentación.

 

— Hoja de datos generales de identificación.

 

— Certificado del Acta de la Junta que aprueba las cuentas.

 

— Las Cuentas, que integran el balance, la cuenta de pérdidas y ganancias, la memoria, el informe medioambiental, el documento informativo de acciones/participaciones propias, la declaración de titularidad real y en su caso los estados de cambios en el patrimonio neto, el informe de auditoría, el informe de gestión, el estado de flujos de efectivo y el informe relativo a información no financiera.

 

 

 

FORMAS DE PRESENTACIÓN

 

 

OPCIÓN 1.- PRESENTACIÓN EN PAPEL

 

OPCIÓN 2.- PRESENTACIÓN EN CD / DVD

 

OPCIÓN 3.- PRESENTACIÓN TELEMÁTICA

 

 

 

HONORARIOS para ejercicios 2020 o posteriores presentados en ventanilla:

 

Sin informe de auditoría

HONORARIOS: 53,84   RETENCIÓN: 8,08   IVA: 11,31   TOTAL: 57,07 €

 

Con informe de auditoría

HONORARIOS: 61,76   RETENCIÓN: 9,26   IVA: 12,97   TOTAL: 65,47 €

 

Presentaciones posteriores, corrigiendo defectos, dentro de los 5 meses siguientes a la 1ª presentación:

 

Sin informe de auditoría

HONORARIOS: 8,83   RETENCIÓN: 1,32   IVA: 1,85   TOTAL: 9,36 €

 

Con informe de auditoría

HONORARIOS: 9,62   RETENCIÓN: 1,44   IVA: 2,02   TOTAL: 10,20 €

 

Presentaciones posteriores, corrigiendo defectos, transcurridos 5 meses desde la 1ª presentación:

 

Sin informe de auditoría

HONORARIOS: 14,69   RETENCIÓN: 2,20   IVA: 3,08   TOTAL: 15,57 €

 

Con informe de auditoría

HONORARIOS: 15,48   RETENCIÓN: 2,32   IVA: 3,25   TOTAL: 16,41 €

 

 

 

HONORARIOS para ejercicios 2020 o posteriores presentados telemáticamente:

– En la presentación telemática el Colegio de Registradores cobrará aproximadamente 3€ dependiendo de la firma electrónica del envío y generará factura independiente y adicional a la que gire el Registro.

 

Sin informe de auditoría

HONORARIOS: 54,45   RETENCIÓN: 8,17   IVA: 11,43   TOTAL: 57,71 €

 

Con informe de auditoría

HONORARIOS: 62,37   RETENCIÓN: 9,36   IVA: 13,10   TOTAL: 66,11 €

 

Presentaciones posteriores corrigiendo defectos, dentro de los 5 meses siguientes a la 1ª presentación:

 

Sin informe de auditoría

HONORARIOS: 9,49   RETENCIÓN: 1,42   IVA: 1,99   TOTAL: 10,06 €

 

Con informe de auditoría

HONORARIOS: 10,28   RETENCIÓN: 1,54   IVA: 2,16   TOTAL: 10,90 €

 

Presentaciones posteriores, corrigiendo defectos, transcurridos 5 meses desde la 1ª presentación:

 

Sin informe de auditoría

HONORARIOS: 15,35   RETENCIÓN: 2,30   IVA: 3,22   TOTAL: 16,27 €

 

Con informe de auditoría

HONORARIOS: 16,14   RETENCIÓN: 2,42   IVA: 3,39   TOTAL: 17,11 €

 

 

Retención: De acuerdo con el artículo 99 de la Ley de IRPF, Ley 35/2006 de 28 de noviembre, modificada por ley 26/2014, de 27 de noviembre, la entidad pagadora que ejerza actividades económicas es la obligada a practicar la retención del importe de los honorarios del Registro e ingresarlos en el Tesoro, si concurren los requisitos previstos en dichas disposiciones.

 

 

 

AYUDA

 

 

— Teléfonos Departamento de Cuentas Anuales  93-508-14-42  /   93-508-14-43

 

— Teléfonos para consultas del programa D2 o envío telemático   902-201-200 (Colegio de Registradores-Madrid-)

 

— Emails de soporte para consultas del D2 o envío telemático (Colegio de Registradores-Madrid-)

soporte.d2@registradores.org   /  registro.electronico@registradores.org