Mercantil – Documentos

PRESENTACIÓN

 

 

La presentación de documentos en el Registro puede realizarse:

 

— Directamente en el Registro. Para la presentación de los documentos mercantiles deberá cumplimentar y descargar el formulario de presentación.

 

— Por correo certificado o mensajería. En estos casos también debe acompañarse la instancia de presentación debidamente firmada.

 

— Por fax, cuando concurran razones de urgencia o necesidad; en estos casos, cualquiera de los otorgantes podrá solicitar del Registro Mercantil o del de la Propiedad del lugar de otorgamiento que se remita al Registro Mercantil competente.

 

— Telemáticamente vía CIRCE: son envíos realizados por dicho organismo en los que no hay necesidad de realizar provisión de fondos directamente en el Registro Mercantil. Vía SIGNO: son envíos realizados directamente desde las Notarías. El pago de la tasa del BORME y de los honorarios se realiza bien a través de un enlace que se facilita a la Notaría en la notificación del asiento de presentación, o bien mediante transferencia de 250€, indicando número de protocolo y notario, a la cuenta ES18 0049 1806 98 2512024629.

 

El presentante del documento será considerado a todos los efectos representante de quien tenga la facultad o el deber de solicitar la inscripción.

 

En el momento de la presentación deberá hacerse una provisión de fondos de 150€, cuyo pago puede realizarse:

 

— En efectivo.

 

— Con tarjeta de crédito (presencial).

 

— Ingreso o transferencia a la cuenta ES18 0049 1806  98  2512024629. Una copia del resguardo deberá acompañarse al documento inscribible, tanto si se presenta en ventanilla o por correo.

 

 

Esta provisión de fondos NO INCLUYE LOS HONORARIOS del Registro, cuya factura se generará una vez despachado el documento.

 

 

 

TRAMITACIÓN

 

 

El plazo general de despacho de documentos es de quince días hábiles desde la fecha del asiento de presentación o, en su caso, desde la devolución del documento retirado. Cuando se presenten varios documentos sucesivos de una misma sociedad el plazo se contará desde que pudieron despacharse, es decir, desde la inscripción del documento previo.

 

Puede consultarse la situación del documento presentado (en curso, calificado con defectos, retirado o despachado) en la pestaña de usuarios, en la opción “consulta de documento”, indicando el número de entrada y el año de la fecha de presentación, siempre que se trate de un usuario registrado.

 

 

 

SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN PARCIAL

 

 

En caso de que el documento haya sido calificado con defectos se puede solicitar la inscripción parcial del mismo siempre que el Registrador calificante lo considere conveniente.

 

Para ello debe aportar este impreso, la firma debe ser legitimada notarialmente o ante el mismo Registrador.

 

 

 

RETIRADA DE DOCUMENTOS

 

 

Los documentos presentados en ventanilla podrá retirarlos cualquier persona con el resguardo original de presentación. En caso de no tener el resguardo, podrá retirarlos el presentante o persona autorizada por él con un escrito de extravío del recibo junto con la autorización y fotocopia del DNI del presentante.

 

En este caso el pago de los honorarios podrá realizarse:

 

— En metálico.

 

— Con tarjeta de crédito.

 

— Ingreso bancario o transferencia en una de las cuentas siguientes:

  • Banco Santander  ES54 0049 1806  91 2312039715
  • CaixaBank              ES82 2100 0840 4102 0054 8861

 

En este caso deberá acompañarse una copia del resguardo para verificar el ingreso o transferencia efectuada.

 

Los documentos presentados por correo podrán retirarse mediante:

 

— Correo Postal Certificado previo pago de los honorarios.

 

— Mensajero para su recogida y abono debidamente autorizado.

 

 

El pago de honorarios podrá hacerse por:

 

— Ingreso bancario o transferencia en una de las cuentas siguientes , con indicación del número de entrada asignado al documento:

  • Banco Santander  ES54 0049 1806  91 2312039715
  • CaixaBank              ES82 2100 0840 4102 0054 8861