AVISO IMPORTANTE
A partir del 11 de junio de 2026, de acuerdo con las instrucciones de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, para la acreditación de la representación de personas jurídicas ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria, NO se admitirán notas simples/informativas de ningún tipo, solo certificación registral.
Le recordamos que la certificación registral puede solicitarse a través de la Sede Electrónica del Colegio de Registradores, así como presencialmente en las dependencias del Registro Mercantil de Barcelona.
