Obtención LEI – Tramitación Anterior

Para la tramitación de formularios de solicitud, portabilidad o renovación de códigos LEI, CON FECHA DE GENERACIÓN ANTERIOR AL DÍA 12 DE FEBRERO DE 2018, deberá seguirse el siguiente proceso de gestión:

 

1. ABONAR LOS HONORARIOS que podrá realizarse:

 

  • Mediante ingreso bancario en cajero automático, sucursal bancaria o linea abierta: utilizando un solo impreso para el total de solicitudes a presentar. (En el momento de la presentación en el Registro deberá acompañar este impreso sellado por el banco o bien dicho impreso acompañado del comprobante bancario original justificante de haber realizado el ingreso).

Cumplimentar impreso de ingreso bancario.

 

  • Mediante transferencia bancaria al número de cuenta ES54 0049 1806 91 2312039715  indicando como concepto PRESENTACIÓN LEI y el nombre de la entidad, deberá acompañar copia de dicha transferencia.

 

  • En efectivo o tarjeta de crédito en el propio Registro en el momento de su presentación.

 

  • Estos importes incluyen I.V.A. y retención:
    En caso de SOLICITUD total a ingresar 106 euros
    En caso de PORTABILIDAD total a ingresar 106 euros
    En caso de RENOVACION LEI VIGENTE total a ingresar 53 euros
    En caso de RENOVACION LEI CADUCADO total a ingresar 106 euros
    Información para renovaciones: se informa que todas las renovaciones que se tramiten durante el último mes de vigencia del código, se renovarán por un año a contar desde la fecha de vencimiento y no desde la fecha de su tramitación, por lo que se recomienda proceder a su renovación en el momento en que reciba la primera notificación de caducidad (con un mes de antelación) para evitar situaciones de caducidad innecesarias o incremento de tasas. A los efectos del cálculo de tasas, se tiene en cuenta la fecha de presentación de la documentación en el Registro, NO la fecha en que se generen las solicitudes o se realicen los pagos.

 

 

2. PRESENTAR LA DOCUMENTACIÓN ORIGINAL en el Registro Mercantil de Barcelona, que podrá realizarse:

 

  • Presencialmente para lo cual deberá:
    Imprimir la solicitud obtenida en la página web del Ministerio de Justicia que deberá ser firmada por un representante legal de la entidad (administrador o apoderado con facultades generales de representación ante administraciones), la firma deberá ser autógrafa.
    Presentar por ventanilla la siguiente documentación, sin necesidad de pedir cita previa, durante el horario de atención al público (lunes a viernes de 09:00 horas a 17:00 horas ininterrumpidamente y agosto y 24 y 31 de diciembre de 09:00 horas a 14:00 horas):

    • Solicitud de código LEI/Portabilidad/Renovación, que obtuvo en la página web del Ministerio de Justicia https://www.justicia.lei.registradores.org
    • Si los honorarios han sido abonados mediante ingreso bancario, el justificante de ingreso obtenido en esta página web, indicado en el punto 2 y en caso de transferencia bancaria copia de la misma.

(ROGAMOS NO REALICEN TRANSFERENCIAS DESDE ENTIDADES EXTRANJERAS CON EL FIN DE EVITAR CARGOS INNECESARIOS DE COMISIONES).

Nota: En el caso de entidades NO inscritas en el Registro Mercantil, debe acompañarse además de la documentación indicada, certificación del Registro donde conste inscrita la entidad, acreditativa de los cargos vigentes.

(No es necesario que la presentación de la documentación deba efectuarse por el Administrador o Apoderado).

 

 

  • Por correo postal para lo cual deberá:
    Enviar la misma documentación expresada en el párrafo anterior a la siguiente dirección:
    REGISTRO MERCANTIL DE BARCELONA
    Departamento LEI
    Gran Via de les Corts Catalanes 184, 1ª planta
    08038 BARCELONA

 

 

  • Por correo electrónico para la cual deberá:
    Remitir a barcelona.lei@registromercantil.org, la siguiente documentación:

    • El justificante del ingreso bancario obtenido en esta página web, indicado en el punto 2 y en caso de transferencia bancaria copia de la misma.
    • Solicitud de código LEI / Portabilidad / Renovación que obtuvo en la página web del Ministerio de Justicia https://www.justicia.lei.registradores.org, debidamente firmada electrónicamente por un representante legal de la entidad (administrador o apoderado con facultades generales de representación ante administraciones). La firma debe ser visible y debe colocarse en el lugar designado a la firma en la solicitud. Para firmar el PDF debe utilizar el propio programa de visualización de PDFs (Adobe Acrobat Reader), utilizando la opción “Firmar con certificado” disponible dentro del submenú “trabajar con certificados” del menú “Rellenar y Firmar”. A estos efectos, se comunica que la firma electrónica puede ser la de la FNMT.
      Nota: En el caso de entidades NO inscritas en el Registro Mercantil, debe acompañarse además de la documentación indicada, certificación del Registro donde conste inscrita la entidad, acreditativa de los cargos vigentes.

 

 

Una vez presentada la documentación en el Registro, calificada y tramitada, se remitirá por correo electrónico al e-mail  de la persona de contacto que aparece en la solicitud la factura y el correspondiente certificado acreditativo.