Bienes Muebles – Publicidad

PUBLICIDAD

 

 

La publicidad en el Registro de Bienes Muebles se podrá obtener mediante certificación o nota informativa.

 

 

Modos de solicitarla

 

  • Presencial: en las dependencias del Registro, en horario de apertura al público. Deberá cumplimentarse solicitud y abonarse los honorarios registrales que dependerán de la sección a la que pertenecen los bienes.  Al presentarse el documento, se entregará un resguardo de presentación para su retirada que se efectuará en la oficina del Registro.

 

  • Por correo o mensajería: mediante aportación de la solicitud En todo caso deberán abonarse los honorarios registrales previamente a la retirada de la información  mediante ingreso en la cuenta IBAN ES84 0075 0122 04 0600928171 indicando: nombre del presentante, el número de entrada o identificación del bien (matrícula…). La devolución de la información se realizará por correo, mensajero a portes debidos o por correo postal certificado previo pago de los honorarios, según se indique en la solicitud.

 

  • Por fax: mediante remisión de la solicitud firmada. Deberá indicarse en la solicitud cómo se retirará la publicidad (presencialmente, por correo,  mensajería o contra reembolso). Previamente a la retirada de la información  mediante ingreso en la cuenta IBAN ES84 0075 0122 04 0600928171 indicando: nombre del presentante, el número de entrada o identificación del bien (matrícula…). La devolución de la información se realizará por correo o mensajero a portes debidos.

 

  • Telemáticamente: a través del portal de servicios interactivos de la web del Colegio de Registradores (web).

 

solicitud de expedición de certificación

 

solicitud expedición nota informativa

 

 

Certificaciones:

 

Plazo de expedición: 3 días con carácter general, 5 días en caso de solicitarse información sobre buques y 2 días por persona respecto de la que se solicita información de Condiciones Generales de la Contratación.

 

Honorarios: 7,26 euros por bien, salvo las certificaciones referentes a buques a las que se aplicará el Decreto 757/1973, de 29 de marzo, por el que se aprueba el Arancel de los Registradores Mercantiles.

**Especialidad certificaciones expedidas a efectos de cancelación de cargas: las reservas de dominio constituidas e inscritas al amparo de las normas de la Ordenanza de 1982, que podrán cancelarse por caducidad si hubiera transcurrido un año desde el pago del último vencimiento, mediante la cumplimentación y remisión de solicitud certificación para cancelación por caducidad y previo abono de 14,52 euros.

 

 

Notas informativas:

 

Plazo de expedición: 3 días. Excepción: la nota simple informativa sobre condiciones generales de la contratación se expedirá el mismo día de la solicitud.

 

Honorarios: 3,63 euros por bien, salvo las notas informativas referentes a buques a las que se aplicará el Decreto 757/1973, de 29 de marzo, por el que se aprueba el Arancel de los Registradores Mercantiles.